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Cuidado con los testamentos ológrafos

Indalecio Rosales Vega • abr 26, 2020

¿Cómo realizar un testamento ológrafo?

Ante la situación en la que vivimos y por desgracia el gran número de fallecidos por el COVID-19, los testamentos ológrafos están surgiendo con más frecuencia de lo normal.
Ante esta situación y habiéndome surgido ya los primeros casos, para que los analice como Perito Judicial Calígrafo, veo oportuno poner las consideraciones para realizarlos con los requisitos que el artículo 688 del Código Civil, más las anotaciones que por mi profesión pueden facilitar el realizar apropiadamente dicho testamento.
Para que el testamento sea válido los requerimientos básicos son los siguientes:
• El testador debe de ser mayor de edad.
• Tiene que estar redactado de puño y letra de quien lo otorga. Las personas que no sepan leer ni escribir no podrán obviamente realizarlo.
• Tiene que estar firmado por el testador, si carece de firma carecerá de validez.
• Tiene que estar fechado con el día, mes y año que se otorga.
• Cuando hubiera tachones o borrones que se realicen en elementos esenciales del mismo, deberá ser salvados bajo firma por el testador. En los casos que los tachones o borrones no interfieran en la interpretación y no sean elementos esenciales del mismo, se podrá darlas por válidas. Si fueran en elementos esenciales y no estén salvados por la firma, serán invalido.
• Las personas extranjeras podrán realizarlo en su propio idioma si así lo desean.
Se da la situación de encontrar testamento ológrafos realizados por personas incapacitadas para ello o vaya sido realizado con sus facultades mentales disminuidas, en estos casos el testamento sería inválido si se demuestra dicha situación.
Debido a que puede ser objeto de falsificación con facilidad, al no haber intervenido en ningún momento un notario para testificar el acto, el testamento ológrafo requiere la acción de un Perito Calígrafo para autentificar su validez.
Para una mejor valoración de su autenticidad o no, es necesario aportar otros documentos escritos y firmados por el testador , para su estudio, comparación y cotejo. Dichos documentos sería aconsejable que fueran en fechas próximas a la escritura de dicha testamento, evitando en la medida de lo posible, minimizar las diferencias posibles en la lógica evolución y cambios en la firmas a lo largo del tiempo.
 El documento nacional de identidad o cualquier otro documento identificativo con su firma, será también imprescindible, primero para asegurar la autoría y por otro lado para comparar dicha firma con la del testamento
Otro extremo que no se puede obviar es el analizar si se ha podido realizar bajo algún tipo de coacción o amenaza, para aportar dudas razonables si fuera el caso.


Con un amplio análisis de dicho testamento se garantiza que los herederos puedan hacerse cargo de la última voluntad de la persona fallecida lo antes posible. Y en el caso que fuera una falsificación poder actuar en consecuencia.
                                                                                                                                                                              Indalecio Rosales Vega
                                                                                                                                                          Colg. 1-346. Delegado en Andalucía 
                                                                                                                                                    Perito Judicial Calígrafo y Psicografólogo
                                                                                                                                                                           Informes en toda España                                                                                        

Por Indalecio Rosales Vega 02 abr, 2024
La falsificación de nuestra firma o letra es un problema de grandes dimensiones para cualquiera de nosotros. Desde un simple contrato de alquiler falsificado y encontrarte con unos "inquilinos" no deseados, a que te saquen un préstamo personal a tu nombre.
Por Indalecio Rosales Vega 11 ene, 2024
Desde PEJUBA nuestro querido Rafael de Horna, presidente y fundador de dicho colegio, el cual me siento orgulloso de pertenecer y ser delegado de mi Comunidad Autónoma, ha escrito lo que sigue, y no puedo estar más de acuerdo. Artículo 341 de la Ley de Enjuiciamiento Civil En el mes de enero de cada año se interesará de los distintos Colegios profesionales o, en su defecto, de entidades análogas, así como de las Academias e instituciones culturales y científicas a que se refiere el apartado segundo del artículo anterior el envío de una lista de colegiados o asociados dispuestos a actuar como peritos. La primera designación de cada lista se efectuará por sorteo realizado en presencia del Letrado de la Administración de Justicia, y a partir de ella se efectuarán las siguientes designaciones por orden correlativo. Artículo 340 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Los peritos deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias. Artículo 457 de la Ley Enjuiciamiento Criminal (LECRIM): Los peritos pueden ser o no titulares. Son peritos titulares los que tienen «título oficial»… Artículo 458 de la LECRIM: El Juez se valdrá de peritos titulares con preferencia a los que no tuviesen título. Artículo 340 de la LECRIM: Condiciones de los peritos. 1. Los peritos deberán poseer el «título oficial» que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. CONCLUSION Y RAZONAMIENTO Mal vamos cuando en una serie de Articulados de Ley no se define con claridad una figura profesional y se da pie a múltiples interpretaciones y diversidad de criterios La realidad del tema es que diariamente cientos de peritos en diversas especialidades entran y salen de los juzgados tras haber informado a S.S. sobre materias especificas Existen comunidades que ya permiten la inscripción en los propios Decanatos de Justicia a los peritos libremente sin la tutela o respaldo de ningún colectivo que controle la idoneidad y capacitación formativa de los mismos. Para este dicente la situación real es clara, La función del perito judicial se basa en informar al juez sobre materias concretas con unos conocimientos suficientes que es el “PERITO JUDICIAL EN LA MATERIA” A partir de ahí se inicia el motivo de esa existencia profesional SENCILLO El PERITO JUDICIAL EN LA MATERIA debería acreditar dos tipos de formación, Una de capacitación jurídica y conocimiento de las Leyes y otra seria sobre la especialidad sin distinciones sobre titulaciones, diplomas formativos o experiencia laboral, digo sin distinciones por que en cualquier caso se debería pasar un control de conocimientos, sea por centros universitarios, colegios o asociaciones Ya no sería una función temporal o titulación inexistente CON TODO LO ANTERIOR YA TENDRIAMOS CASI REGULADA UNA PROFESION QUE CUALQUIER DIA EXPLOTA Y NO SE SABRA POR DONDE
El timo de amor verdadero.
Por Indalecio Rosales Vega 02 jul, 2023
Cada día es más frecuente los timos a personas enamoradas y conocidas en las redes sociales. La inteligencia artificial ha hecho verdaderas mafias de este tema
Elige bien al candidato/a para tu empresa
Por Indalecio Rosales Vega 12 feb, 2023
¿Cuántas veces no ha pasado de tener que elegir entre varios candidatos para un puesto de trabajo? Cuando nos encontramos con esto, hacemos lo de siempre, estudiar su currículo, una entrevista personal con preguntas que pueden darnos respuestas de lo que buscamos. Y de esta forma elegimos a nuestros trabajadores. Pero cuantas veces nos hemos equivocado. Una persona puede estar muy formada, hacer una entrevista impecable y no ser la persona idónea para el puesto que debería ocupar, pues no solo estas variantes son las que hay que estudiar y analizar. Si necesitamos una persona comercial, debe de tener unas aptitudes muy diferentes a una persona administrativa, o una persona para ocupar un puesto de relaciones públicas que para otra que se necesita para coordinadora de grupo. ¿Pero cómo acertar en la elección? Es difícil la respuesta, pero si decir que la grafología te puede ayudar y mucho. La grafología estudia a la persona a través de su escritura y firma. Se estudian aspectos como son su constancia, su implicación, su capacidad de recibir órdenes, su estabilidad emocional, si es ordenada o no, si es introvertida o extrovertida y un largo etc., todo ello para conocer de verdad a la persona y su idoneidad para el puesto de trabajo que se quiere cubrir. Cada día más se está utilizando esta técnica por las empresas pequeñas y medianas, pues la empresas grandes, llevan tiempo usando dicho servicio. No te arriesgues y valora lo que cuesta el equivocarte en la selección de personal y lo poco que cuesta un estudio grafológico. Indalecio Rosales Vega Máster en grafología-caligráfica y documentoscopia
¿Testamento ológrafo? Confíe en especialistas
Por Indalecio Rosales Vega 29 sept, 2022
Cuando nos encontramos con un testamento realizado a mano, debemos de contratar a una persona especializada en dicha cuestión, bien para que verifique dicha autenticidad, bien para justificar la falsificación.
Falsificación de documentos médicos
Por Indalecio Rosales Vega 03 jul, 2022
La falsificación de documentos médicos y certificados COVID es demasiado habitual en estos momentos.
Que dice la letra de Putin sobre el. Estudio psicografológico de la escritura y firma del dirigente
Por Indalecio Rosales Vega 19 mar, 2022
El conocer a las personas a través de su escritura y firma cada día se impone más en empresas, en relaciones personales y es habitual que se use para estudiar a las personas que por diversos motivos son relevantes en nuestra historia. Vladimir Putin es de la actualidad, por desgracia, de las personas más relevantes.
Por Indalecio Rosales Vega 13 dic, 2021
El conocer a las personas, sobre todo a las que cuidan de nuestros mayores o niños es fundamental por su seguridad y bienestar. El encontrar el empleado perfecto para un puesto de trabajo determinado es una tarea difícil, con la psicografía te será más fácil encontrarlo.
La psicografología como prueba no científica y apoyo para jueces y fiscales
Por Indalecio Rosales Vega 26 oct, 2021
La psicografología es una pseudociencia, la cual no es una prueba con consistencia legal, pero si es una prueba informativa para jueces y fiscales. No es habitual que se use estas técnicas por los juzgados, pero si se hace. En mi trayectoria profesional he tenido la oportunidad de realizar varios informes piscografológicos, sobre todo escritos de amenazas.
Aprende a conocer a las personas a través de la firma y su escritura.
Por Indalecio Rosales Vega 17 oct, 2021
Saber como somos o como son los que nos rodean por su firma y su escritura esta en manos de los especialistas, pero también podemos aprender de forma didáctica y rigurosa los aspectos generales para ello. Como perito calígrafo, especializado en informes periciales caligráficos y psicografológicos os daré las claves para ello.
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